Congreso de Colima tipifica la cohabitación forzada como delito

El Congreso del Estado de Colima aprobó una reforma al artículo 162 del Código Penal estatal para incorporar el delito de cohabitación forzada, con sanciones que van de uno a cinco años de prisión y multas económicas para quienes obliguen, amenacen, induzcan o gestionen uniones informales equiparables al matrimonio.

La modificación fue avalada a partir de un dictamen elaborado por las comisiones de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, y de Bienestar, Inclusión Social y Equidad de Género. El objetivo, de acuerdo con el documento, es fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes, así como prevenir uniones forzadas, violencia, embarazo adolescente y abandono escolar.

La reforma establece que las penas aumentarán hasta en una mitad cuando el delito sea cometido contra personas que no puedan comprender el hecho o resistirse. Además, la Fiscalía General del Estado deberá perseguir estos casos de oficio cuando las víctimas sean menores de edad, exista falta de consentimiento o el responsable sea un integrante de la familia.

Con esta incorporación al Código Penal, Colima busca armonizar su legislación con compromisos nacionales e internacionales relacionados con la protección de derechos humanos y la prevención de prácticas que vulneren la integridad y libertad de las personas.